La búsqueda del padre igualitario.
La paternidad,
según la RAE, en su primera acepción es “cualidad
de padre”. Para profundizar un poco más, buscamos el concepto padre y lo define como “varón o macho que ha engendrado”, “varón o macho
respecto de sus hijos”, “cabeza de una descendencia, familia o pueblo” y, mi favorita,
“macho en el ganado destinado a la procreación”. Vamos, que si nos guiamos por
las características que debe tener un padre y/o las funciones que debe
desempeñar vemos que, según la RAE, se limita a tres conceptos fundamentales: semen,
procreación y poder. Al estilo de crímenes imperfectos en su versión “poder,
privilegio y justicia”… en fin.
Por otro lado, si buscamos en la misma fuente el concepto “corresponsable” lo define como “que
comparte la responsabilidad con otro u otros”. Muy buena definición, lástima
que no incluya al género femenino o que, simplemente, diga que comparte la
responsabilidad con otras “personas”. Pero bueno, es la RAE, nido de misoginia
y machismo del más recalcitrante.
Dicho lo cual y viendo que la RAE es menos fiable
que un antidisturbios que, porra en mano y a cara cubierta, te facilita su número de identificación en plena
concentración de “Rodea el Congreso” debemos plantearnos las cuestiones, tanto
de la paternidad como de la maternidad, basándonos en teorías explicativas que
tengan en cuenta la perspectiva de género, la construcción cultural del
género y los roles y estereotipos sociales que se asocian a cada una de ellas.
De manera muy general se puede decir que nuestra
cultura “familiar-tradicional-heterosexual-patriarcal” se sustenta en una “dicotomía”
en la que en un polo se situarían los roles propios de los hombres-padres y, en
el polo opuesto, los roles propios de las mujeres-madres. A ellos, además de
poner el semen, se les asocia el papel de “cabeza de familia” es decir, que
ostenta la autoridad en la familia, es el que establece las normas y se encarga
de su cumplimiento pero, además se le añade la responsabilidad de encargarse
del rol productivo, esto es, salir a trabajar y traer “la pasta” para
mantener a la prole. En el otro extremo se situarían las mujeres, cuyas tareas serían
las “complementarias”: la parte privada de la familia, el trabajo doméstico, el
cuidado de las/os hijas/os u otros miembros de la familia, etc.
![]() |
#19 de marzo. Por las Paternidades (Co)responsables. Entregrietas. |
Afortunadamente, los tiempos cambian, los contextos
socio-culturales son diferentes y tanto hombres como mujeres se han dado cuenta
que ese sistema “complementario”, que en teoría debía encajar con la precisión
de un reloj suizo, ¡no sirve! Y, más que probablemente, nunca ha sido ni útil
ni beneficioso para ninguna de las partes. El acceso de las mujeres a la educación, su incorporación al mercado de trabajo… (no explico en qué
condiciones que eso sería para otro post) y/o la actual “coyuntura económica”,
es decir, la estafa en la que nos ha metido cierta gentuza, han hecho
replantearse los esquemas establecidos.
Las mujeres, en primer lugar –a través de las reivindicaciones
feministas- y, desde hace algunas décadas, una cantidad considerable
de hombres se han propuesto la reformulación de esos roles sociales que como
padre y o madre les venían impuesto por la arbitrariedad cultural. Así, como ejemplo más
básico, podemos mencionar “el reparto de las tareas domésticas” teniendo en
cuenta que en la mayoría de las parejas -heterosexuales- ambos progenitores se dedican al trabajo
fuera del hogar, por lo que la complementación en limpieza y comida es
fundamental para el buen funcionamiento.
Pero, el ejemplo para hablar de paternidad
corresponsable se basa en la implicación de los padres en las tareas de
cuidado de las/os hijas/os. Una vez superado esa absurda presión social a la
que decían sentirse sometidos, es decir, una vez que están abiertos a la
experiencia de mostrarse cariñosos con sus hijas/os, empáticos, ayudarles en
las resolución de conflictos cotidianos, participar con ellos en la realización
de sus tareas de colegio… han entendido que esto no sólo les está permitiendo
disfrutar de nuevas experiencias personales y/o familiares, sino que han podido
aprender nuevas formas de relacionarse y comunicarse con los demás. Todo lo
cual, además de reportarle beneficios a ellos mismos les proporciona un
bienestar de incalculable valor así como unas pautas educativas adecuadas a sus
hijas/os que, si nada lo impiden, podrán irse reproduciendo en las siguientes
generaciones, independientemente del tipo de familia y/o del estilo de vida que
decidan vivir. Porque, si se han ido reproduciendo los patrones culturales heteropatriarcales de
generación en generación, ¿por qué no puede suceder lo mismo con la paternidad
corresponsable?
Hecha la explicación viene el matiz. Desde mi punto
de vista el uso del concepto “paternidad co-responsable” debe ser temporal y
transitorio y el objetivo final debe ser que interioricemos los valores que implica el concepto de “padre
responsable” o “padre igualitario”, sin necesidad de edulcorar las palabras con
prefijos que hagan una distinción entre las funciones y responsabilidades a
desempeñar por el padre de las de la madre.
Enlaces de interés.
- PPiiNA: Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción.
- "Mi papá también me cuida" del blog Indica con género. En la que nos explican a través de la utilización de tres indicadores -usos del tiempo, laborales e, indicadores cualitativos- el por qué de la actual situación de la paternidad.
- "Te corresponde, nos corresponde", campaña de Cruz Roja y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
- Día del padre igualitario: paternidad corresponsable. permisos iguales e intransferibles. Desde el blog Igualdad y Conciliación.
- "Rumbo a una paternidad empoderada" de la periodista Ivonne de la Cruz.
No hay comentarios:
Publicar un comentario